SIID-092-2015
México, D.F., a 18 de diciembre de 2015.
PUBLICA LA CDMX PADRÓN DE PUBLICIDAD EXTERIOR.
• Integrado por 4 mil 160 anuncios, da certeza y legalidad a esta industria y se promueve el orden en la imagen urbana de la capital del país.
• Fue resultado de un acuerdo conjunto entre SEDUVI, AEP y todas las empresas de Publicidad Exterior.
Boletín de Prensa
SIID-092-2015
México, D.F., a 18 de diciembre de 2015.
PUBLICA LA CDMX PADRÓN DE PUBLICIDAD EXTERIOR
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal, este viernes 18, se publicó el Padrón de Anuncios de Publicidad Exterior de la Ciudad de México, que da certeza y legalidad a la industria y promueve el orden en la imagen urbana de la capital del país.
Tras diversas mesas de trabajo, el nuevo registro es resultado de una revisión y depuración del inventario de anuncios entre la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), la Autoridad del Espacio Público (AEP) y todas las empresas de Publicidad Exterior.
El padrón definitivo quedó integrado por 4 mil 160 anuncios, mismo que está soportado por la documentación que obra en los archivos de la SEDUVI y AEP.
Como parte del proceso se depuraron 300 anuncios, lo que equivale a disminuir 10 corredores como el de Avenida Patriotismo, donde se reorganizaron un total de 28 anuncios, lo que es un logro en el mejoramiento de la imagen urbana de la Ciudad.
Como parte de las “Líneas de Acción para el Reordenamiento de anuncios Propiedad de Personas Físicas y Morales dedicadas a la Publicidad Exterior” impulsadas por el Gobierno de la Ciudad de México, las personas físicas y morales dedicadas a la publicidad exterior acreditaron la legal instalación de sus anuncios, permitiendo detectar la publicidad ilegal en la Ciudad de México.
A partir de la publicación en Gaceta, se establecen 30 días naturales para que los propietarios de los anuncios coloquen las placas de identificación, y las empresas que incumplan serán objeto de clausura por parte del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), y una sanción económica entre 500 a cuatro mil Unidades de Cuenta de la Ciudad de México.
A su vez, quienes incumplan el ordenamiento, serán objeto de una multa de mil 500 a dos mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México. Se contempla arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas y el retiro del anuncio, a la persona física que ejecute o coadyuve en la instalación de un anuncio en un mueble urbano sin contar con la licencia de la Secretaría, entre otras medidas.
Quién cometa un delito en contra de la protección, conservación y regulación del paisaje urbano de la Ciudad de México o a quien permita la instalación o modificación en un inmueble de un anuncio, sin contar con la licencia, permiso o autorización que exija la propia Ley, la cual contempla la imposición de tres a seis años de prisión, así como de 500 a cuatro mil veces la Unidad de Cuenta vigente.
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda reitera su compromiso con la transparencia y con la búsqueda de un consenso entre todas las partes involucradas, un logro en conjunto, que permitió llegar a un padrón legitimo, fundamentado y consensuado, al tiempo que exhorta a las empresas de publicidad en la Ciudad de México a promover una imagen ordenada y limpia que rescate el paisaje urbano de la Capital Social.
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